Adhesión al Bono Cultural Joven del Ministerio de Cultura
Adhesión al Bono Cultural Joven del Ministerio de Cultura
20/02/2023
Adhesión al Bono Cultural Joven del Ministerio de Cultura
Real Decreto 210/2022, de 22 de marzo, por el que se establecen las normas reguladoras
del Bono Cultural Joven.
El presente real decreto tendrá la consideración de bases reguladoras para la
concesión de las ayudas del Bono Cultural Joven (art.1.3)
Beneficiarios
(art.5):
a) Cumplir dieciocho años durante el año 2022.
b) Poseer la nacionalidad española o residencia legal en España.
Actividades y gastos
subvencionables (art.8):
a) artes en vivo, patrimonio cultural y artes
audiovisuales: entradas y abonos para artes escénicas, música en directo, cine,
museos, bienes integrantes del patrimonio histórico español, bibliotecas,
exposiciones y festivales escénicos, literarios, musicales o audiovisuales, hasta un
máximo de 200 euros por beneficiario.
b) productos culturales en soporte físico: libros, revistas, prensa, u otras publicaciones
periódicas; videojuegos, partituras musicales, discos de vinilo, CD, DVD, o los conocidos
como Blu-ray, hasta un máximo de 100 euros por beneficiario.
c) consumo digital o en línea: suscripciones y alquileres a plataformas musicales, de
lectura o audiolectura, o audiovisuales, compra de audiolibros, compra de libros digitales, compra
de canciones o álbumes digitales a través de plataformas de venta de música,
suscripción para descarga de archivo multimedia (los conocidos como podcasts), suscripciones
a videojuegos en la nube o en línea, suscripciones digitales a prensa, revistas u otras
publicaciones periódicas, hasta un máximo de 100 euros por beneficiario.
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